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Simplificación en la gestión de Certificados de Importación ante SENASICA

  • Foto del escritor: Laura Camara
    Laura Camara
  • 8 abr
  • 2 Min. de lectura

El 17 de marzo de 2025 fue publicado en el portal de la CONAMER el anteproyecto del “Acuerdo por el que se simplifican los trámites que se realizan ante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural”.


En el proyecto de reforma de este instrumento normativo destacan los puntos siguientes:


  • Simplificación y modernización con relación a la fusión de los trámites proporcionados por el SENASICA relacionados con la obtención del Certificado para Importación en sus diferentes modalidades (fitosanitario, zoosanitario y de sanidad acuícola), así como modernizar presentaciones de Avisos de Movilización avícola y de caballos.


  • Contempla la homoclave SENASICA 03-012 de la “Solicitud para la obtención del Certificado para Importación”, la cual fusiona a las homoclaves, incluyendo sus requisitos:


Homoclave 

del trámite

Solicitud para la obtención del

Certificado para Importación

SENASICA-03-012-A 

Modalidad: Certificado Fitosanitario para Importación.

SENASICA-03-012-B 

Modalidad: Certificado Zoosanitario para Importación. 

SENASICA-03-012-C 

Modalidad: Certificado de Sanidad Acuícola para Importación. 


  • Contempla la homoclave SENASICA-01-060-B del “Aviso de movilización avícola Modalidad: Para mercancía avícola en materia de Influenza Aviar Notificable” y sus requisitos.


  • Contempla la homoclave SENASICA-01-060-B del “Aviso de movilización de caballos Modalidad: Aviso de movilización para caballos de deporte y espectáculos” y sus requisitos.


  • También se establece que la gestión de trámites se realizará a través de la Ventanilla Digital.


  • Para el cumplimiento de las medidas y requisitos fitosanitarios, zoosanitarios y acuícolas para la importación, el interesado deberá acudir a los Módulos de consulta de requisitos que se indican:


Tipo de mercancía

Módulos de consulta de requisitos

Mercancías de origen fitosanitario

Mercancías zoosanitarias

Mercancías acuícolas y pesqueras

Avisos de movilización


  • El Acuerdo entrará en vigor a partir del siguiente día hábil que sea publicado en el DOF. Adicionalmente, las autoridades competentes realizan las adecuaciones normativas y a los procedimientos dentro del plazo de 180 días hábiles.


FUENTE:





 
 
 

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