SAT Informa que la DIOT se presentará exclusivamente a través de la nueva plataforma digital a partir de agosto
- Laura Camara
- 21 ago
- 2 Min. de lectura
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado que, a partir del 1 de agosto, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberá ser presentada exclusivamente a través de la nueva plataforma digital diseñada específicamente para el cumplimiento de esta obligación. Esta plataforma, cuyo lanzamiento fue anunciado en febrero de este año, busca optimizar el proceso de declaración y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
La DIOT es una declaración informativa obligatoria mediante la cual los contribuyentes reportan la información relacionada con el pago, retención, acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las operaciones realizadas con sus proveedores. Esta obligación debe cumplirse de manera mensual, salvo en los casos de empresas dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que presentan la declaración de forma semestral.
La nueva plataforma digital ha sido diseñada con el fin de ofrecer una serie de ventajas, tanto para personas físicas como morales, que están obligadas a presentar la DIOT. Entre las principales características destacan:
· Envío automático de más de 40,000 registros
· Generación automática de acuse de recibo
· Carga masiva (batch) de información en formato .txt con los datos del IVA de los proveedores, optimizando el proceso para aquellos contribuyentes con un alto volumen de operaciones.
· Captura manual de hasta 30 registros, una opción útil para contribuyentes con un menor número de operaciones o para quienes necesiten agregar datos adicionales tras una carga masiva.
Para realizar la presentación de la DIOT a través de la nueva plataforma, los contribuyentes deberán ingresar al siguiente enlace: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx. Es importante tener en cuenta que para el envío de la declaración será necesario contar con Contraseña o e.firma (en el caso de personas morales).
La plataforma está disponible tanto para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025, como para aquellas extemporáneas de los ejercicios 2024 y anteriores.
En el Portal del SAT están disponibles las guías de llenado correspondientes, las cuales proporcionan orientación detallada sobre el proceso de declaración y el uso de la nueva plataforma. En caso de requerir la reimpresión de acuses de declaraciones de ejercicios 2024 y anteriores presentadas bajo el esquema anterior, los contribuyentes pueden acceder a este servicio en el siguiente enlace: https://www.acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm.
Para promover el cumplimiento puntual de las obligaciones fiscales y prevenir posibles contingencias, se recomienda contar con el acompañamiento de asesores fiscales especializados.

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