SAT habilita simulador para la Declaración Anual 2025
- Laura Camara
- hace 2 días
- 2 Min. de lectura
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, del 1 de enero al 31 de marzo de 2026, las personas morales deberán presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Con el propósito de facilitar el cumplimiento de esta obligación, a partir del 1 de diciembre pondrá a disposición de los contribuyentes del Régimen General y del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) un simulador que permitirá consultar la información declarada durante el ejercicio 2025 antes de la presentación de la Declaración Anual.
Las fechas límite para la presentación de la Declaración Anual son las siguientes:
· 19 de enero de 2026: Sociedades en periodo de liquidación.
· 16 de febrero de 2026: Personas morales con fines no lucrativos.
· 31 de marzo de 2026: Personas morales del Título II de la Ley del ISR, incluido el Régimen Simplificado de Confianza.
En la nueva plataforma, la declaración anual incorpora la siguiente información precargada:
· Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
· PTU pagada en el ejercicio.
· Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
· CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
· Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
Para el envío de la declaración es indispensable contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de resultar un saldo a cargo, el pago deberá efectuarse mediante transferencia electrónica a través de instituciones autorizadas. Si se requiere modificar los ingresos u otros datos precargados, será necesario presentar declaraciones complementarias. La actualización de la información se verá reflejada 48 horas después del pago cuando exista saldo a cargo, y 24 horas después cuando el saldo sea en ceros.
Para garantizar el cumplimiento puntual de las obligaciones fiscales, se recomienda a los contribuyentes revisar oportunamente la información precargada y, en su caso, contar con el apoyo de asesores fiscales especializados para asegurar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.

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