La ANAM anuncia su primer periodo vacacional 2025, toma tus precauciones
- Laura Camara
- 20 ago
- 2 Min. de lectura
A través del Diario Oficial de la Federación, el 17 de julio de 2025 se publicó acuerdo a través del cual se da a conocer el primer periodo vacacional correspondiente al 2025 para la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), en el cual no se podrá realizar trámites, con la finalidad de garantizar certeza jurídica a los contribuyentes.
v El periodo vacacional comprenderá del 21 de julio al 01 de agosto de 2025.
Igualmente, te recordamos los próximos días inhábiles:
v 16 de septiembre.
v El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
v 25 de diciembre.
Precisando que, en dichos días no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la Agencia; lo anterior, sin perjuicio del personal necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades conferidas y el despacho aduanero.
Al conocer estos días inhábiles se hacen algunas recomendaciones para así no tener contratiempos en trámites frente a esta autoridad, como planificar las actividades fiscales con antelación, anticipar trámites y pagos, validar los plazos legales, utilizar servicios en línea, entre otros.
Su fundamento legal está previsto en el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 10, 18, 19, 35, 36 y 43 de la Ley Aduanera y 14 de su Reglamento.
Asimismo, considerar el anexo 4 (horario de aduanas), de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigente.
Si tienes dudas sobre la aplicación o comentario ingresa a la página oficial de TLC Asociados o contáctanos al correo jurídico@tlcasociados.com.mx
Igualmente podrás consultar la publicación completa en la siguiente liga:
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