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Aviso por el que se dan a conocer las actividades que realizará la DGFCCE en el periodo vacacional de la SE

  • Foto del escritor: Laura Camara
    Laura Camara
  • hace 2 días
  • 6 Min. de lectura

El 1 de diciembre del 2025 se publicó a través de SNICE el oficio No. 516.2025.5545 en el que se define la atención que se brindará a los tramites de comercio exterior que administrará la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) durante el periodo vacacional comprendido del 22 de diciembre del 2025 al 6 de enero del 2026, de esta se hace de conocimiento lo siguiente:

1.     Tramites de Comercio Exterior previo al inicio vacacional:

 

a)      Cupos: asignación 2026, de conformidad con las reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior (acuerdo de reglas), señala que para presentar la solicitud de asignación de cupo debe corresponder a los primeros diez días hábiles previos al inicio del periodo de vigencia del cupo, la DGFCCE habilitará a partir del 8 de diciembre 2025 la recepción de dichas solicitudes que inicien el 7 de enero de 2026.

 

b)     Para las Certificados de cupos TPL’s (Tariff Preference Level): El último día para la recepción de estos certificados será el día 16 de diciembre de 2025 a las 18:00 (hora Ciudad de México) para entregarse por medio de VUCEM a más tardar el día 18 de diciembre junto con la notificación del trámite, con la finalidad de realizar la transmisión electrónica al Sistema Automatizado Aduanero Integral.

 

Respecto al trámite de cancelación de Certificados CUPO TP’s las solicitudes se recibirán a más tardar el día 12 de diciembre a las 18:00, los usuarios deberán enviar la información requerida para realizar el trámite al correo dgce.tpls@economia.gob.mx, en caso de no enviar la documentación el día hora señalada ya no procederá la cancelación solicitada.

 

c)      La Expedición de certificados de cupos de exportación: Último día de recepción para esta solicitud será el día 17 de diciembre de 2025 hasta las 18:00, los certificados se entregarán únicamente el día 19 de diciembre en horarios de 11:00 a 14:00 horas. Los usuarios deberán enviar el correo de solicitud a la cuenta dgce.cupos@economia.gob.mx, de no enviar correo, el certificado no será generado.

 

d)     Certificados de origen: El último día para la recepción de RPE (Registros de Productos Elegibles) y Certificados de origen Emergentes será el día 15 de diciembre del 2025 a las 18:00 (hora ciudad de México), y su resolución será emitida a más tardar el 18 de diciembre 202. La recepción para los certificados de origen para la Unión Europea será el día 17 de diciembre hasta las 18:00 horas (hora ciudad de México) para entregarse el 19 de diciembre del 2025, para los certificados solicitados en VUCEM de la Asociación Latinoamericana de Integración el último día de recepción será el día 18 de diciembre a las 18:00 (hora ciudad de México) con respuesta vía correo electrónico a más tardar el 19 de diciembre. Todos los trámites que se reciban después de las fechas estipuladas se tendrán como recibidas para el 7 de enero del 2026.

 

e)      Avisos de importación de productos siderúrgicos. Último día de recepción será el día 19 de diciembre del 2025 hasta las 18:00 para reiniciar la recepción de estos el próximo 7 de enero del 2026.

 

f)       Para los Permisos de importación de calzado, textil y confección. El último día de recepción de estos permisos será el día 17 de diciembre de 2025 hasta las 18:00 (hora Ciudad de México), para emitir y notificar resoluciones será a más tardar el 19 de diciembre 2025, después de estas fechas todos los trámites se tendrán como recibidos a partir del 7 de enero del 2026.

 

g)     Permisos de importación para comercializar. El último día de recepción será el 17 de diciembre del 2025 hasta las 18:00 horas (horario Ciudad de México) y su resolución correspondiente será a más tardar el 19 de diciembre 2025. Para los Trámites IMMEX y PROSEC, el último día de recepción será el 19 de diciembre a las 18:00, para reiniciar la recepción de estos el próximo 7 de enero del 2026.

 

h)     Por lo que respecta a los trámites IMMEX y PROSEC, el último día de recepción de trámites será el 19 de diciembre de 2025 hasta las 18:00 horas, para reiniciar la recepción de los mismos el próximo 7 de enero de 2026.

 

i)       Los Registros como Empresas de la Frontera (Personas físicas y morales), tendrán como último día de recepción será el día de 19 de diciembre de 2025 hasta las 18:00 horas, para reiniciar la recepción de estos el 7 de enero del 2026.

 

j)       Para el Esquema Alternativo de avisos siderúrgicos (fuera de VUCEM por correo electrónico) el último día será el 16 de diciembre de 2025 hasta las 18:00 horas (hora Ciudad de México) para emitir y notificar resoluciones a más tardar el 19 de diciembre de 2025, trámites fuera del tiempo compartido se retomarán hasta el 7 de enero.

 

k)      Permisos previos de exportación de azúcar y aviso automático de exportación de tomate fresco (fuera de VUCEM por correo electrónico). Las solicitudes de permisos previos de exportación de azúcar, del Registro Nacional de exportación de Tomate Fresco (RNETF) y de aviso automático de exportación de tomate fresco, enviadas a través de los correos electrónicos habilitados, serán recibidos el 17 de diciembre de 2025 a las 18:00 (hora Ciudad de México), lo anterior a efecto de que sean atendidas a más tardar el 19 de diciembre del 2025 a las 18:00.

 

l)       Para los avisos automáticos de exportación de tomate cuyo Aviso de adhesión de Producción expedido por SENASICA inicie vigencia durante el periodo vacacional, las solicitudes deberán presentarse con antelación a partir del 8 de diciembre a las 09:00 horas y hasta el 15 de diciembre de 2025 a las 18:00 (hora Ciudad de México), la vigencia del permiso será en estricto apego a lo señalado en el Aviso de adhesión presentado.

 

m)    Para los instrumentos y programas que no se han mencionado, se estipula que los plazos se suspenderán del 19 de diciembre a partir de las 18:00 horas, hasta el 6 de enero de 2026, reanudándose el 7 de enero de 2026

 

2.      Trámites de Comercio Exterior durante el periodo vacacional:

 

a)      La VUCEM se encontrará habilitada en todo momento, sin embargo, a partir del 19 de diciembre de 2025 después de las 18:00 (hora Ciudad de México) se empezarán a contar los días hábiles para la atención de trámites, a partir del 7 de enero de 2026.

 

b)     Para los trámites automáticos seguirán operando de manera continua durante este periodo vacacional, todo a la vez que la VUCEM realiza la emisión de las resoluciones de manera automática, son:

 

·         Permisos de importación temporal de Regla Octava (excepto la fracción 9802.00.02)

·         Permisos de importación de vehículos para desmantelar.

·         Desistimiento de solicitudes de permisos automáticos de importación y exportación.

·         Cancelación de solicitudes de permisos automáticos de importación y exportaciones.

·         Certificados de Cupos de Importación, una vez que se encuentre asignación o registro previo.

·         Registro de cuestionarios para comercializador de certificaciones de origen.

·         TLC Panamá, alianza del Pacifico, TLC Perú y TLC Uruguay.

 

c)      Certificados de origen (Colombia) la emisión de los certificados de origen electrónicos con Colombia en el marco del G2, se realizarán de manera continua.

 

d)     Para las Normas Oficiales Mexicanas (etiquetado) se seguirán compilando durante el periodo vacacional pero únicamente se enviará la información de validación al SAT y se publicará en el portal de SNICE los días 23, 26 y 30 de diciembre de 2025, 2 y 6 de enero de 2026, el corte se realizará las 10:00 horas (hora Ciudad de México).

Para los instrumentos y programas distintos a los mencionados, los plazos se suspenderán del 22 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026 reanudándose el 7 de enero de 2026, asimismo las solicitudes, consultas y/o envió de documentos que sean remitidos a través de los correos emitidos por la SE, no serán considerados como recibidos, debido a la posible saturación de la cuenta de correo electrónico, por lo que deberán ser enviadas a partir del 7 de enero de 2026,

 

FUENTE:

ree

 
 
 

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